Marco legal

Tienes 13 meses para reclamar un cargo no autorizado al banco

22 abr 2026 · 5 min de lectura · Equipo reclamo.io

Si encuentras hoy un cargo en tu cuenta que no reconoces y te das cuenta de que lleva ahí desde hace 9 meses, puede que pienses "ya es demasiado tarde". No lo es. En España tienes exactamente 13 meses para reclamarlo, y el banco está obligado a devolvértelo salvo que demuestre que tú lo autorizaste.

Es una de las protecciones al consumidor más fuertes que tenemos y también una de las menos conocidas.

De dónde sale ese plazo

De la Directiva (UE) 2015/2366, conocida como PSD2, transpuesta al derecho español por el Real Decreto-ley 19/2018, sobre servicios de pago. En concreto, el artículo 44 dice que "el usuario de servicios de pago obtendrá la rectificación de una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente solo si comunica sin demora injustificada al proveedor de servicios de pago, y en cualquier caso dentro de un plazo de 13 meses".

Clave: no son 13 meses "más o menos". Son 13 meses contados desde la fecha de la operación (la fecha que aparece en tu extracto como fecha valor del cargo).

Cómo se cuenta el plazo

Los 13 meses se cuentan desde el día del cargo, no desde el día en que te diste cuenta. Ejemplos prácticos:

Lo que el banco está obligado a hacer

El artículo 45 del mismo RDL obliga al banco a devolver el importe de inmediato en cuanto tú comunicas que la operación no fue autorizada. Ni "después de investigar", ni "si te parece bien". De inmediato.

Si el banco cree que fuiste tú quien autorizó el cargo, entonces él asume la carga de demostrarlo (art. 46). Probarlo con un "el PIN se introdujo correctamente" no basta: la jurisprudencia española ha confirmado reiteradamente que el simple uso del PIN no prueba consentimiento si hay indicios razonables de fraude.

Excepciones importantes

¿Y si los 13 meses ya pasaron?

No está todo perdido, pero ya no tienes la protección automática de PSD2. Te quedan dos vías:

  1. Reclamación civil ordinaria por enriquecimiento injusto (arts. 1895 y ss. Código Civil). El plazo aquí es de 5 años, pero la carga de la prueba se complica.
  2. Denuncia penal si hay delito de estafa (arts. 248 y ss. Código Penal). Útil cuando hay patrón de fraude organizado; no siempre recuperas el dinero, pero activa investigación.

Si estás dentro del plazo, no lo pienses más

19,99 € fijo. Nosotros lo reclamamos. 72 horas.

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